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La situación laboral de los trabajadores de la agroexportación en el Perú

  • María Teresa Oré y Patricia Urteaga
    Docentes PUCP, miembros de la Asamblea del INTE-PUCP e investigadoras del Grupo GEAS-PUCP

A pesar de que en los últimos años la agroindustria ha mostrado un desarrollo sin precedentes, las remuneraciones de los trabajadores de este sector no han mejorado significativamente desde el año 2004″.

Desde hace algunos días, los trabajadores de la agroindustria han levantado sus voces cuestionando el régimen agrario que regula estas actividades desde el año 2000. ¿Por qué reclaman?

La Ley de Promoción del Sector Agrario (Ley Agraria) N° 27360 se aprobó en octubre del año 2000 con el objetivo de fomentar el desarrollo del sector agrario. Para garantizar el cumplimiento de este objetivo, la norma incluía beneficios tributarios para las empresas, así como disposiciones sobre el régimen de los trabajadores agrarios que beneficiaban a las empresas disminuyendo los costos derivados de los derechos laborales. Esta norma caducaba en diciembre de 2010; no obstante, el Congreso amplió su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021. Dos años antes de cumplirse el plazo, el 28 de diciembre de 2019, el Ejecutivo aprobó el Decreto de Urgencia N° 043-2019, que amplía la vigencia de la ley hasta el año 2031, lo que implica una segunda extensión del período de vigencia de la norma, que llegaría a los 31 años.

Varios investigadores han coincidido en señalar que no existe evidencia empírica que demuestre directamente que el régimen de derechos disminuidos para los trabajadores agroindustriales haya fomentado el desarrollo de la agroindustria».

Las disposiciones laborales incluidas en la norma inicial difieren del régimen laboral general para los trabajadores, establecido en el Texto Único Ordenado (TUO) del D.L. Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por D.S. Nº 003-97-TR. Se trataba de pagar a los trabajadores de la agroindustria una remuneración diaria que incluía la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) y gratificaciones disminuidas, con contratos a plazo fijo (temporales), descanso remunerado de tan solo 15 días por año, la indemnización por despido arbitrario de 15 remuneraciones diarias por cada año de servicio podía llegar solo hasta 180 remuneraciones diarias como límite, el aporte mensual del empleador para la seguridad social en salud era solo del 4% de la remuneración, no tenían asignación familiar, tampoco seguro por trabajo de riesgo, ni seguro de vida, cerca del 90% no se encuentran sindicalizados y, por tanto, no se realizan negociaciones colectivas. Al ser contratos a plazo fijo, estos culminan por decisión unívoca del empleador. La proliferación de empresas de services que hacen de intermediarios entre las empresas y los trabajadores contribuye a la precariedad de la situación laboral de los trabajadores agrícolas. Si bien algunas condiciones han mejorado, ello no refleja la bonanza que ha caracterizado al sector agroindustrial en los últimos años.

Esta es una oportunidad para que cultivemos la fraternidad reconociendo la dignidad de todos y todas».

Varios investigadores han coincidido en señalar que no existe evidencia empírica que demuestre directamente que el régimen de derechos disminuidos para los trabajadores agroindustriales haya fomentado el desarrollo de la agroindustria. Este fenómeno se explica no solo porque existe una alta informalidad laboral y la población a la que se aplica la ley es escasa, sino también porque muchas empresas medianas dentro de este régimen no han crecido y los factores de crecimiento de las grandes empresas son de tipo exógeno no atribuibles directamente a este tipo de fomento.

A pesar de que en los últimos años la agroindustria ha mostrado un desarrollo sin precedentes, las remuneraciones de los trabajadores de este sector no han mejorado significativamente desde el año 2004.  La escasez de agua agudizada por la demanda hídrica para la agroexportación, y la precarización del campo para los pequeños y medianos agricultores completan un panorama desolador. En un contexto de pandemia, las consecuencias de las condiciones socioeconómicas de los trabajadores de la agroexportación han sido dramáticas. Ica es una de las regiones más afectadas con más de 50,000 personas contagiadas con COVID-19 y 2,350 fallecidos. En su Encíclica Fratelli Tutti, el papa Francisco indica: “Quien mira a su pueblo con desprecio establece en su propia sociedad categorías de primera o de segunda clase, de personas con más o menos dignidad y derechos. De esta manera, niega que haya lugar para todos”. Es imperativo trascender esta forma obtusa de mirar nuestro país y a sus habitantes. Esta es una oportunidad para que cultivemos la fraternidad reconociendo la dignidad de todos y todas.

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