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Institucional

¿Qué recibe un beneficiario del CPJ? Conoce todo sobre este régimen en estas preguntas y respuestas

El Complemento de Pensión de Jubilación (CPJ) que la PUCP paga a 267 beneficiarios les permite obtener ingresos que, por lo menos, duplican sus pensiones regulares. Este gasto representa aproximadamente S/ 10 millones por año y es pagado con los ingresos corrientes de la Universidad. Conoce este y otros datos en esta nota.

¿Qué es el CPJ?

Además de su pensión por jubilación, un grupo de extrabajadores recibe un Complemento de Pensión de Jubilación (CPJ), es decir, un ingreso adicional que desembolsa la Universidad para igualar el último sueldo que tenían al momento de retirarse. Se trata de un beneficio extraordinario que se creó como una liberalidad excepcional para dar seguridad a los trabajadores durante la peor crisis económica de fines de los 80. El régimen estuvo abierto hasta diciembre de 1993.

¿Quiénes tienen acceso al CPJ?

Además de los 267 jubilados bajo el CPJ, solo el 12% de los trabajadores actuales de la PUCP podrán acceder a este beneficio.

¿Qué recibe actualmente un beneficiario del CPJ?

  • El complemento mensual de la pensión
  • Dos aguinaldos que se pagan en julio y diciembre
  • Acceso a seguro médico familiar con tarifas especiales
  • 50% heredable al cónyuge de por vida

Comparativa de pensiones con y sin el CPJ

  • Los ingresos mensuales que reciben hoy en día los beneficiarios del CPJ ya son más del doble de los que recibirían sin este beneficio.
  • Las pensiones que reciben hoy en día los beneficiarios del CPJ ya son más del doble de las que reciben otros pensionistas de la Universidad.

Comparativa de pensiones a nivel nacional

  • Jubilación promedio nacional (AFP): S/1,167
  • Jubilación promedio nacional (ONP): S/704
  • Beneficiarios del CPJ: reciben un ingreso de 2 a 7 veces mayor que la pensión promedio que percibe un trabajador afiliado a una AFP, y entre 4 y 13 veces mayor que el que recibe un pensionista de la ONP.

¿Alguna vez los beneficiarios han dejado de recibir el complemento?

No, la PUCP ha cumplido con el pago íntegro del CPJ. Incluso en los momentos de mayor incertidumbre, como la pandemia, los beneficiarios del CPJ continuaron recibiendo el complemento en su totalidad, mientras que los trabajadores activos redujeron sus remuneraciones entre un 15% y un 35%.

¿Por qué algunos jubilados del CPJ protestan?

Exigen:

  • Incremento mensual en el complemento igual al aumento de los trabajadores activos sindicalizados y retroactivo desde enero del 2024
  • Aumento de los topes para el otorgamiento de un incremento del CPJ
  • Que la aprobación de dichos beneficios no pase por el Consejo Universitario

¿Qué decidió el Consejo Universitario?

El Consejo Universitario del 30 de octubre del 2024, tras evaluar el informe técnico de la Comisión del Complemento de Pensión, Viudez y Sobrevivencia, tomó el acuerdo de mantener el beneficio del Complemento de Jubilación. Es decir, no se afectará el complemento y los aguinaldos que perciben hoy en día los beneficiarios del CPJ. La PUCP busca mantener los principios de equidad y sostenibilidad, y procura siempre atender las necesidades de toda su comunidad de manera responsable.

¿Existe un fondo de ahorro individual o institucional para cubrir este beneficio?

No existe un fondo destinado para el pago del CPJ. La Universidad cumple con el pago de este beneficio gracias a la recaudación regular de sus ingresos. Se trata de una liberalidad que se financia totalmente con el presupuesto anual de la PUCP. Esto representa un desembolso de aproximadamente S/ 10 millones cada año. Se ha estimado que se destinarán alrededor de S/ 106 millones a lo largo del tiempo para cumplir con el pago de los beneficiarios actuales y los que se jubilarán en los próximos años. La PUCP es la única universidad del país que mantiene este beneficio.

¿Por qué es una liberalidad?

  • A diferencia de las pensiones comunes, que dependen de los aportes realizados al sistema de pensiones (AFP u ONP) y están reguladas por normas nacionales, el CPJ fue creado internamente por la Universidad para complementar las pensiones de un grupo específico de jubilados, con el fin de ayudarlos a alcanzar un monto similar al último sueldo percibido antes de pasar al retiro, en un momento en el que el país se encontraba atravesando una grave crisis económica. Se trató de una decisión institucional que no está fundamentada en derechos legales exigibles. La PUCP lo ha sostenido en el tiempo como un beneficio adicional.
  • No se otorga a todos los jubilados de la Universidad, sino únicamente a aquellos que ingresaron a trabajar antes de 1994, con una dedicación a tiempo completo, entre otros requisitos. En este sentido, el CPJ representa un beneficio excepcional que la PUCP concede, pero que no constituye una obligación legal o un derecho adquirido para las futuras generaciones de trabajadores.
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