Reglamento aprobado por el Consejo Universitario establece que autoridades académicas y directivos que participen como candidatos deben solicitar una licencia, con un plazo no menor a 10 días hábiles previos a su inscripción. Asimismo, regula la actividad proselitista en elecciones generales, regionales y municipales al interior de la Universidad, y prohíbe el uso de recursos, bienes e instalaciones institucionales en campañas a favor o en contra de cualquier candidatura.
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