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La justicia comunal como alternativa en el Perú del 2019

  • Antonio Peña Jumpa
    Docente del Departamento de Derecho PUCP

"La justicia comunal, que ahora es predominantemente rural, debe ser respaldada y fortalecida para construir modelos regionales o microrregionales".

La corrupción enquistada en instituciones del sistema de justicia del Perú a través de organizaciones criminales como “los cuellos blancos del puerto” (Callao), “los temerarios del crimen” (Chiclayo), entre otras bandas constituidas por indecentes autoridades políticas, jueces, fiscales y miembros del extinto Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), muestra lo difícil que resulta reformar la función jurisdiccional y materializar la potestad de administrar justicia, como regula la Constitución Política del Perú (CPP) en sus artículos 138º y 139º. El problema se acrecienta cuando los delitos o crímenes congestionan juzgados y fiscalías, sin que sus titulares tengan alternativas para resolverlos.

¿Será la Junta Nacional de Justicia (JNJ), propuesta por el Poder Ejecutivo, la alternativa a esa forma de corrupción? ¿El respaldo mayoritario en el último referéndum del 9 de diciembre de 2018 se encuentra garantizado a través de esta JNJ? Lamentablemente las respuestas no son positivas. Una sola institución, como la JNJ, no garantiza el cambio o mejora de todo el sistema de justicia del Perú, y menos de la congestión en la que juzgados y fiscalías se encuentran sumergidos. Tres causas principales llevan a esta afirmación:

  1. La elección de los miembros de la JNJ siempre está sujeta a la posibilidad de que ingresen personas con intereses privados o de grupos contrarios a los intereses de su sociedad o comunidad. Los malos profesionales y políticos saben valerse del derecho formal para copar instituciones como la JNJ.
  2. El problema de la congestión de casos que lleva al fracaso de fiscalías y juzgados poco se relaciona con la elección de jueces y fiscales a cargo de la JNJ. Es más bien un problema de la sociedad, de sus políticos y sus abogados que, en su mayoría, buscan dilatar y no resolver el conflicto.
  3. Los políticos y gobernantes involucrados en casos de corrupción utilizan la formalidad del derecho, y en particular la prescripción de sus delitos, para evitar ser procesados y condenados. Los abogados, jueces y fiscales siguen la misma ética del derecho formal. La JNJ no aborda este tema.

¿Qué hacer ante esta situación? La potestad de administrar justicia requiere que comprendamos nuestra pluriculturalidad nacional y que busquemos alternativas para materializar su función jurisdiccional sin corrupción. Una de estas es la justicia comunal practicada históricamente en nuestras comunidades campesinas, comunidades nativas y rondas campesinas.

Esta justicia comunal, que en parte se encuentra regulada en el artículo 149º de la CPP, consiste en la puesta en práctica de sistemas de resolución de conflictos por los propios miembros de la comunidad: sus conflictos familiares (privados) y comunales (públicos) son resueltos en un corto plazo bajo un derecho material (que rige sobre el formal), aplicado por órganos de resolución que no cobran y cuyas formas de sanción, como las multas, están a favor de sus comunidades (Peña, 1991, 2018).

¿Cómo implementar esta justicia comunal como alternativa a nivel nacional? Podemos considerar 4 etapas y una regla básica:

  1. Nuestros gobernantes y políticos deben estar preparados para valorar el derecho y justicia que se encuentran en la sociedad y comunidad.
  2. La justicia comunal, que ahora es predominantemente rural, debe ser respaldada y fortalecida para construir modelos regionales o microrregionales.
  3. El modelo de justicia comunal rural se extiende a espacios urbanos populares, integrado por migrantes, desde donde se construye un nuevo modelo.
  4. El nuevo modelo de justicia comunal urbano popular se extiende voluntariamente a otros espacios urbanos.
  5. La regla básica de competencia entre esta justicia comunal con la profesional es que los fiscales y jueces profesionales solo actuarían frente a los conflictos difíciles que la comunidad (rural o urbana) no pueda o no quiera resolver.

Recuperar y extender esta justicia comunal para el Perú no es tarea fácil, pero garantiza que las fiscalías y los juzgados se descongestionen y que la sociedad o comunidad que participa se sienta satisfecha. Así, en comunidades como la de los aymaras de Huancané, región de Puno, la justicia comunal se aplica sobre el 90% de conflictos, con más de un 90% de satisfacción, así es muy difícil que una forma de corrupción se enquiste ¿Se pueden proyectar estos resultados en espacios urbanos con el respaldo de la JNJ? Las necesidades demuestran que sí.

Etiquetas:
justicia comunal

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