Fiestas Patrias: ¿Bandera, pabellón o estandarte?
Julio es el mes patrio y todas las ciudades se visten con la bandera nacional. Se la ve en las esquinas, en los carros, en los techos, está en todas partes. Pero, ¿sabías que su uso tiene reglas y normas muy específicas? Aquí, presentamos algunas de ellas y sus tipos.
Al transitar por la ciudad, encontraremos puestos ambulantes donde se venden banderas. Encontraremos desde la Bandera Nacional (roja y blanca), en Pabellón Nacional y la Bandera de Guerra (con el Escudo de Armas y el Escudo Nacional). ¿Cuál debemos usar en nuestras casas?
La Bandera Nacional (en la imagen principal) está compuesta por tres franjas verticales de igual longitud y deberá ser confeccionada en la proporción de tres para el largo y dos para el ancho. Sin embargo, su tamaño deberá ser proporcional al lugar donde será izada, y el asta deberá estar pintada de blanco y por lo menos, ser tres veces mayor el largo de la bandera.
Por ejemplo, si el edificio tiene 5 metros, la bandera tendrá 90 cm de largo por 60 cm de ancho y un asta de 1.80 metros. Si la edificación tiene entre 5 y 10 metros, la bandera tendrá 1.50 metro de largo y 1 de ancho, con un asta de 4.20, y así sucesivamente. La base del asta deberá estar ubicada en la parte central superior a un 1 metro de distancia de la fachada del edificio. La tela debe ser de seda llana, el asta de color blanco con una punta dorada.
Deberá ser utilizada obligatoriamente los días 27, 28, 29 y 30 de julio en todos los locales ocupados por casas habitaciones, instituciones, colegios, clubes, oficinas, establecimientos comerciales e industriales, talleres, fábricas y centros de trabajo, que se encuentren en territorio nacional, cualquiera sea la nacionalidad del propietario. Sobre el lugar donde deberá ser colocada, esta estará al centro o a la derecha del edificio si existe otra bandera de nación diferente.
Pabellón Nacional
Esta bandera tiene como característica que en la franja blanca lleva el Escudo de Armas, con su timbre y dos ramas, una de palma a la derecha y el de la izquierda de laurel, entrelazadas en parte inferior con una cinta bicolor. Según el artículo 3° de la ley del Congreso Constituyente del 25 de febrero de 1825, será levantada solo en los edificios ocupados por los Poderes del Estado, dependencias de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, campamentos, barcos, etc., del Estado y en las corporaciones públicas.
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Estandarte
Es el Pabellón Nacional portátil, de forma rectangular y en el centro tiene el Escudo de Armas. Sin embargo, en este caso, el estandarte debe medir 1.40 m. y tener un ancho de 84 cm. El asta debe ser de color guinda con una longitud de 2.72 m. Se utiliza de manera obligatoria en los Centros Oficiales de Enseñanza, en las actuaciones cívico-patrióticas y desfiles. También en instituciones civiles y religiosas.
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Bandera de guerra
Es la Bandera Nacional que llevará en su centro el Escudo Nacional, que se diferencia del Escudo de Armas, en que a los lados se puede ver una bandera y un estandarte con los colores nacionales en vez de las hojas de palma y laurel. Esta bandera será utilizada por las Unidades de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, en las cuales podrá incluirse una inscripción con el arma, nombre y número de la Unidad debajo del Escudo Nacional. Por otro lado, estas banderas solo podrán ostentar premios y condecoraciones conquistadas en acciones de armas.
Fuente: Ministerio del Interior. Oficina de Defensa Nacional
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mari
gracias
CELEDONIO HUAROTO
Muy importante, sería bueno difundir entre las Municipalidades a fin de que en sus ordenanzas consideren estas diferencias para el conocimiento de la población
Margarita
Quiero las medidas de un pabellón para una Institución
Harri
Y cuál se usa en los izamientos por aniversarios de instituciones educativas,en la plaza de armas
Armando Pérez
Muy interesante el artículo, sería conveniente informar a la población sobre el significado y usos de nuestra bandera, pues no lo conocen, está claro que la «BANDERA NACIONAL» es el que se debe usar de manera general y no el «PABELLON NACIONAL» que lo están mal usando.
Enrique Bemudez Burgos
Solamente deben enarbolar el Pabellon Nacional, edificios públicos y buques de la Armada, no así edificios ni viviendas particulares, para estos últimos solo esta permitido el uso de la Bandera Nacional. Las autoridades competentes deben hacer cumplir esta norma-
Cristian torres
El estandarte puede llevar asta de bronce?
CARLOS REYNALDO LEONARDO GUZMÁN NAVARRO
Que ley, decreto y articulo aprueba que “Los abanderados, para llevar el estandarte, usarán una porta de charol negro a manera de tahalí con un cubo para introducir y apoyar la asta”
Juan Ávila
¡Hay sanción si coloco en mi casa la bandera incorrecta?
José A. Gutiérrez G.
Me parece que éste tipo de publicaciones deberían difundirlas a nivel nacional a todo nivel sobre todo en medios de comunicación para saber exactamente, el correcto uso de nuestro Pabellón, bandera, y bandera de guerra, que son mal empleadas por la ciudadanía en las fiestas patrias porque me parece una total falta de respeto a nuestro símbolo patrio y cada año que pasa es peor, EXCELENTE PUBLICACIÓN