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Paridad de género, una obligación en el SUDH

  • Elizabeth Salmón
    Directora ejecutiva del Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la PUCP (IDEHPUCP)

Bachelet es la primera mujer latinoamericana en ocupar el cargo de Alta Comisionada de la Naciones Unidas para los DDHH".

Michelle Bachelet es la primera mujer latinoamericana en ocupar el cargo de alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. Este es un gran logro para nuestra región, pero también desde una perspectiva de género, pues fue la primera directora de ONU Mujeres. Sin embargo, todavía faltan muchos pasos para lograr una paridad de género en los órganos de derechos humanos de Naciones Unidas, por lo que este nombramiento también es una oportunidad para hacer un balance.

Uno de los principios fundamentales del derecho internacional, como señala el Comité DESC, es la igualdad de derechos del hombre y la mujer. Adicionalmente, la igualdad de género es un tema que genera obligaciones tanto para los Estados miembros de las Naciones Unidas como para la propia organización. En efecto, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) establece que los Estados tengan que abstenerse de discriminar a la mujer en igualdad de oportunidades, como también insta a que adopten medidas proactivas para permitirle adquirir un rol más importante en las organizaciones internacionales, pues, para un gran número de cargos, los candidatos son propuestos y elegidos por los Estados mismos. Por otro lado, el artículo 8 de la Carta de las Naciones Unidas declara que “la Organización no establecerá restricciones en cuanto a la elegibilidad de hombres y mujeres para participar en condiciones de igualdad y en cualquier carácter en las funciones de sus órganos principales y subsidiarios”.

En este sentido, Naciones Unidas ha tomado una serie de medidas a lo largo de los años. Cabe señalar la Declaración y Plataforma de Beijing en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer en 1995, aunque el primer antecedente sea la Declaración y Plataforma de Acción de Viena de 1993, y, más recientemente, el secretario general Antonio Guterres se pronunció sobre el tema. En julio de 2017, emitió un informe que presentaba la situación de la mujer en el sistema de las Naciones Unidas y, más adelante, sometió la “Estrategia para Todo el Sistema sobre la Paridad de Género” en septiembre del mismo año.

Pese a todos estos esfuerzos, no se ha logrado hasta la fecha la paridad de género en el marco del Sistema Universal de Derechos Humanos (SUDH). Solo existen dos órganos que logran cumplir con una importante representación femenina: el Comité sobre los Derechos del Niño y el Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer, que cuentan con 9 de 18 (50%) y 22 de 23 (95.65%) miembros mujeres, respectivamente. Al otro extremo, se encuentran el Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migrantes y de sus Familiares, y el Comité de los derechos de las personas con discapacidad, que cuentan con 3 de 14 (21.42%) y 1 de 18 (0.06%) miembros mujeres, respectivamente. Cabe destacar que el resto de órganos tienen alrededor de 35% de participación femenina. Todo esto resulta en una estigmatización del papel de la mujer, que la relega a los temas de niñez y familia, y una sobrerrepresentación masculina en todo lo demás.

Bachelet ha afirmado que “promover el progreso hacia la construcción de un mundo más justo y equitativo, que garantice los derechos de las mujeres y de las niñas, es más que un desafío, es una necesidad y una obligación”. Ojalá su nombramiento como alta comisionada lleve a la práctica esta paridad. No solo porque es justo que las mujeres tengan la competencia para llevar sus voces a todos los temas, sino porque no puede ser que la organización que hace del género uno de sus principios fundamentales tenga todavía este déficit en su seno.

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