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Esterilizaciones forzadas: "La Fiscalía considera que hubo negligencia, con lo que le quita la gravedad del caso"

Esta semana la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial, a cargo del fiscal Marco Guzmán Baca, que investiga el caso de las esterilizaciones forzadas en la década del 90, exculpó a Alberto Fujimori y sus ex ministros de Salud, Alejandro Aguinaga, Marino Costa Bauer y Edmundo Yong Motta; y denunció solo a un grupo de médicos por ejecutar irregularmente el programa de salud reproductiva, donde falleció una de las mujeres a la que se le hizo una esterilización. Este caso había sido archivado en el 2009 y fue reabierto por una recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Yvan Montoya, especialista IDEHPUCP nos explica algunos puntos flojos de esta investigación fiscal que próximamente será impugnada.

  • Yván Montoya Vivanco
    Coordinador del Proyecto Anticorrupción del Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú (IDEHPUCP)
  • Texto:
    Vania Ramos

¿Por qué se reabre este caso?

Este caso se reabre por una recomendación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). El Estado reconocía que hubo violación de Derechos Humanos y se comprometía a profundizar las investigaciones y encontrar a los responsables. Sin embargo, se ha archivado un 90% y solo formaliza denuncia en dos cosas pequeñas: homicidio culposo en el caso de dos médicos; y el incumplimiento de funciones respecto a otros cuatro peritos médicos. No se entabla una denuncia contra las cabezas (Fujimori y los tres ministros de Salud que dirigieron las políticas de esterilizaciones) y no se encuentra lo que, creo yo, es el delito más grave, lesiones graves dolosas y eso tiene muchos más años de pena, un homicidio culposo tiene penas ridículas.

Sin embargo, la Fiscalía sí dejó claro que era un caso de violación de derechos humanos ¿No hay una contradicción?

El meollo del error, por más que la Fiscalía haya dicho que es un caso de violación de Derechos Humanos, está en que considera que el acto que sufrieron las mujeres en ese tiempo fueron negligencias o errores ocasionales, no actos dirigidos y dolosos, o sea cuando yo digo que es un error o negligencia ocasional le estoy quitando toda la gravedad del caso

¿Qué errores detecta?

Esta denuncia abre una investigación fiscal contra Fujimori como cabeza que diseña esta política de control de natalidad, le atribuyen ser el autor mediato. La Fiscalía se encarga de desbaratar por qué no es autoridad mediata y creo que lo hace de una forma simplista. El fiscal señala que por lo menos hay dos elementos para atribuirle la autoría mediata que no se verifican. Para atribuirle a alguien la autoridad mediata se necesitan una serie de condiciones, que exista una estructura jerárquicamente organizada, tiene que haber una suerte de stocks de miembros capaz de poder reemplazar a aquel que no quiera cumplir la orden, la predisposición de los miembros para cometer hechos delictuosos y un elemento adicional que es que esa estructura esté desvinculada del derecho que prácticamente haya asumido una voluntariedad de dirigirse sin respetar normas jurídicas algunas. En este caso el fiscal dice que no se está ante una estructura jerárquica rígida. Él trata de decirnos que para que haya autoría mediata necesitamos al Ejército o a las fuerzas policiales o una estructura militarizada como la de Sendero Luminoso, y la doctrina nunca ha negado que pueden haber otras estructuras, no tan rígidas como la de las fuerzas armadas.

¿El fiscal interpreta que el Ministerio de Salud no es una estructura jerárquica rígida?

El Ministerio de Salud en ese momento puede ser una estructura jerárquica, existe el ente central, el jefe regional y a partir de ahí el director de un hospital, centro de salud, posta; pero dice que no son rígidas, probablemente no sean tan rígidas como las fuerzas armadas pero eso no quita que podría haber existido una estructura que permita que el de arriba haya podido de alguna manera dominar. Otro elemento que no ha sido estudiado por la Fiscalía y que se daba en ese tiempo en las estructuras del Minsa es que gran cantidad de médicos que trabajaban sin estabilidad laboral, contratados por locación de servicios, se decía que había como directiva que si no cumplían una meta de esterilizaciones ya no les renovaban el contrato. Entonces imaginemos el poder que tiene un superior con un médico que tiene que mantener una familia, hacer una carrera y que eso penda de un hilo si no cumple. La capacidad de poder dominar a un grupo de médicos que están en esa situación es por supuesto compensable frente a la rigidez que puede existir en las Fuerzas Armadas.

¿Qué otros errores encuentra?

Lo que me parece más horroroso y que se repite con la fiscalía anterior, es que ambas consideran que los actos de supresión de la función reproductora de varias mujeres es negligencia. Estas intervenciones en la que su consentimiento no ha existido o ha estado viciado porque las engañaron o las presionaron diciendo que no iban a recibir ayuda del Estado o que las denunciarían porque era una obligación. Ellas nunca tuvieron un consentimiento claro y expreso sobre todo para una intervención de esa naturaleza. Cuando uno comete un delito uno lo puede hacer dolosamente o negligentemente. Entonces, un médico frente a una paciente que está más o menos dopada que la esteriliza, acaso ¿no sabe que le está suprimiendo la función reproductora? Por supuesto que sabe, ¿es consciente de lo que está haciendo? Sí, ¿decide hacerlo? Sí. Entonces eso es dolo, no es negligencia porque sabe lo que está haciendo. Tanto el fiscal anterior como este dicen que solo fue una negligencia ocasional que no es dolosa por lo tanto nunca procesan por lesiones graves dolosas, que hubiera tenido hasta 10 años de pena. No quieren ver que acá hubo lesiones graves dolosas, la forma como entienden el dolo es tan conservadora.

El Perfil

Nombre: Yván Montoya Vivanco

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