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Las lecciones que dejó el juicio la Curva del Diablo

  • Eduardo Hurtado
    Investigador del Idehpucp

Ha pasado poco más de un año desde que se conoció la sentencia en primera instancia del proceso penal “Curva del Diablo”, en la que 53 personas –muchas de ellas awajún y wampis- fueron absueltas por delitos de asesinato, lesiones graves, motín, entre otros. Una sentencia que, si bien fue justa, resaltó por coronar un proceso judicial inédito, de cobertura mediática inusitada y que puso a prueba la adecuación del sistema de justicia a grupos humanos con características culturales particulares.

En todo este tiempo, mucho se han analizado los aportes de la sentencia del 22 de septiembre de 2016 a la situación de los derechos indígenas en nuestro país. Desde el reconocimiento de la protesta como una forma de libertad de expresión hasta el análisis de la situación de los pueblos indígenas en su relación con el Estado, la sentencia contiene distintas aristas positivas en justicia intercultural.

De la misma manera, la adopción de estándares internacionales de derechos humanos durante el juicio oral, como la inclusión de intérpretes y de peritos antropológicos, se distinguieron como medidas necesarias para llevar adelante un proceso judicial de esta naturaleza. Estas permitieron que los nativos procesados pudiesen ejercer una legítima defensa en su idioma, pero sobre todo que los magistrados de la sala tuviesen una visión más amplia de la realidad indígena y de las razones que estuvieron detrás de las movilizaciones.

Sin embargo, así como se han resaltado estos aspectos positivos del proceso, también es pertinente mostrar el otro lado de la moneda. Y es que el Baguazo, al ser uno de los conflictos sociales más violentos de la última década, arrinconó al Estado a una posición en que no pudo seguir ignorando la realidad indígena en el país ni el pliego de reclamos de estos pueblos.

Así, aunque llegaron a adoptarse algunos de estos estándares internacionales en el proceso, esto no hubiera sucedido si la temática indígena no adquiría notoriedad en el debate público y si es que organizaciones indígenas y de la sociedad civil, y la Defensoría del Pueblo no hubiesen hecho hincapié en adecuar el juicio a las condiciones culturales de los pueblos indígenas. No es que el punto central de las reivindicaciones indígenas haya sido la consideración de estos elementos en el sistema de justicia, sino que estos encajaron en un pedido más amplio de reconocimiento por parte del Estado respecto a un sujeto (colectivo) de derechos. Se trata de un Estado que responde ante crisis, pero no ante problemas estructurales de poblaciones vulnerables.

Este y otros factores sociales y políticos poco explorados alrededor del proceso “Curva del Diablo” son expuestos en el reciente estudio “Bagua: entendiendo al Derecho en un contexto culturalmente complejo”, realizado por el Instituto de Democracia y Derechos Humanos (IDEHPUCP) y la Universidad Antonio Ruiz de Montoya, a presentarse el 30 de noviembre en esta última casa de estudios. Es un esfuerzo por reconstruir este proceso penal, y evidenciar los avances y limitaciones del sistema de justicia cuando involucra miembros de pueblos indígenas. Una problemática que sin duda no debe esperar otro momento de crisis para que el Estado comience a responder íntegramente a la diversidad y complejidad del país.

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