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Improvisación

  • Eduardo Ismodes
    Decano de la Escuela de Posgrado y profesor del Departamento de Ingeniería

El profesor volvió a leer la noticia. No lo podía creer. La resolución viceministerial del 17 de junio del 2022 decía en su artículo 3: “Las universidades públicas y privadas, así como las escuelas de posgrado, retornan a la prestación del servicio educativo, según la modalidad autorizada en su licencia institucional, a partir del segundo semestre académico”.

«¿Están en sus cabales?», se dijo. Tan solo cuatro meses atrás, el mismo Viceministerio de Gestión Pedagógica había publicado otra resolución: “Las universidades públicas y privadas, así como las escuelas de posgrado, podrán retornar a la modalidad presencial y/o semipresencial, de forma flexible y gradual, mediante la implementación excepcional de modelos híbridos de enseñanza, en estricto cumplimiento con las medidas de prevención y control del COVID-19”. Incluso habían difundido un documento con orientaciones para la implementación del retorno gradual a la presencialidad y/o semipresencialidad.

La experiencia de dos años de pandemia le había permitido desarrollar técnicas y estrategias que contribuían al mejor aprendizaje del estudiante".

«¿Qué bicho les ha picado?», se dijo irritado el profesor. La experiencia de dos años de pandemia le había permitido desarrollar técnicas y estrategias que contribuían al mejor aprendizaje del estudiante. Estaba seguro de que volver a la antigua presencialidad no era la mejor decisión. La semipresencialidad tiene muchas ventajas, pero no como está reglamentada por la ley universitaria y la Sunedu. Cuanto más joven el alumno, más importante es la presencialidad, y cuanto más cerca está del mundo laboral, las clases a distancia y las técnicas asincrónicas pasan a ser mucho más valoradas.

En su universidad, como en otras, ya se estaba trabajando en esa dirección. La flexibilidad y la gradualidad eran claves en un entorno cambiante y en la vocación para crear mejores condiciones para el buen aprendizaje de los estudiantes.

Cuanto más joven el alumno, más importante es la presencialidad, y cuanto más cerca está del mundo laboral, las clases a distancia y las técnicas asincrónicas pasan a ser mucho más valoradas".

«¿Todo eso se tira por la borda de un plumazo?», exclamó cada vez más irritado el profesor. Pensó en sus estudiantes de posgrado que estaban fuera de Lima y que habían planeado su 2022 de acuerdo con lo dicho en la resolución viceministerial de febrero. Pensó en los profesores extranjeros que ahora participan en algunas clases desde su país de origen y que enriquecían los aprendizajes. Miles o cientos de miles de estudiantes se verían afectados por la improvisación en las decisiones del Minedu. Pensó también en cómo estas disposiciones empujarán a más estudiantes peruanos a estudiar en universidades extranjeras, con una oferta moderna y con formación semipresencial o a distancia.

«¿Y qué papel juega la autonomía universitaria?», se preguntó el profesor. La Constitución Política del Perú, en su artículo 18, dice que “cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes”. «¿No se está afectando a la autonomía académica con esta resolución?», siguió discurriendo. Con amargura, recordó que el Congreso, un mes antes, había asegurado que aprobaba una ley que “restablecía la autonomía universitaria”. En un país informal, la ley se acata pero no se cumple. Con una dirección errática, las instituciones tambalean.

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