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Noticia

Conoce el proceso que siguen los casos vistos por nuestra Comisión Especial para la Intervención Frente al Hostigamiento Sexual

Este es el órgano que recibe denuncias, investiga y sanciona el hostigamiento sexual en la PUCP.

Desde el 2016, nuestra Universidad cuenta con un protocolo especial para prevenir e intervenir en casos de hostigamiento sexual. Estos son vistos por la Comisión Especial para la Intervención Frente al Hostigamiento Sexual, órgano colegiado, técnico y especializado, que recibe denuncias, investiga y sanciona estos casos en primera instancia.

Desde julio de este año, la comisión está integrada por las docentes Giuliana Cassano Iturri, Janeyri Boyer Carrera y la representante estudiantil Pamela Moreno Mena.

Cada caso es distinto y absolutamente confidencial, pero es importante que, como comunidad universitaria, conozcamos el proceso general que siguen estas denuncias. “Desde la comisión intentamos llegar a una conclusión acopiando la mayor cantidad de pruebas”, enfatiza Boyer, comisionada y docente del Departamento de Derecho.

Denuncia y acompañamiento

Consciente de lo difícil que es para una víctima de acoso u hostigamiento realizar una denuncia, la Comisión ofrece acompañamiento psicológico de manera inmediata. Muchas veces, este es el primer espacio en el que una denunciante cuenta esta experiencia, con toda la carga emocional que ello conlleva. “Muchos casos pueden generar secuelas psicológicas importantes, por lo que brindamos acompañamiento desde el primer día”, dice Boyer.

Algunas veces, las denunciantes no se sienten preparadas para iniciar un proceso oficial, y el apoyo psicológico busca empoderarles para que realicen la denuncia de manera formal.

Presentada la denuncia, la Comisión decide si abrirá el proceso y las posibles medidas de protección a la víctima. Solo después de que la Secretaría técnica de la Comisión elabora el expediente correspondiente, se le envía una notificación al denunciado con la apertura formal del proceso.

Investigación, acompañamiento y protección

Abierto el procedimiento, la Comisión recibe los descargos de los implicados, toma testimonios y solicita la mayor cantidad de pruebas posibles.

“Los procedimientos que sigue la Comisión son muy particulares porque, generalmente, los actos de violencia y hostigamiento son clandestinos, no suele haber pruebas documentales”, aclara Boyer. Así, el testimonio de la víctima –y otros posibles involucrados– cobra especial importancia y debe ser registrado con sumo cuidado. “Cada testimonio tiene una media de 50 minutos y debe ser tomado, necesariamente, ante las tres comisionadas, según el criterio establecido por el Consejo Universitario”, señala la abogada.

En la misma línea, el acompañamiento psicológico puede convertirse en un elemento probatorio –con el consentimiento previo de la denunciante–a través de la elaboración de un informe psicojurídico. Desde noviembre de este año, la Comisión incorporó a una psicóloga adicional para atender a las denunciantes. “Nuestras dos psicólogas son especialistas en estos informes y necesitan aplicar una serie de pruebas, que toman en promedio cuatro sesiones –una por semana–, para que estén debidamente sustentados. Este es un elemento crucial cuando no hay otros elementos probatorios pues debe establecer el nexo causal entre la actuación del denunciado y los efectos que desencadena en la denunciante”, detalla Boyer.

Durante todo este proceso, la comisión acompaña a la víctima y puede dictar medidas de alejamiento o la suspensión de la persona denunciada mientras dure el proceso de investigación.

¿Por qué un proceso puede tomar más de lo previsto?

El reglamento de la Comisión establece una serie de plazos de ordenamiento que guían el proceso: dos días hábiles para la apertura formal del proceso, tres para recibir los descargos y 30 para resolver el caso.

“En la práctica, puede haber distintos puntos que extiendan un caso: la inhibición de una comisionada, la notificación al denunciado, el acopio de pruebas externas (por ejemplo, videos de seguridad), el recojo de testimonios o la elaboración del informe psicojurídico”, indica Boyer. “Si la Comisión toma más tiempo del previsto es siempre con el objetivo de salvaguardar el procedimiento”, destaca.

Es importante resaltar que la Comisión trabaja con las herramientas legales vigentes, dentro del marco de los reglamentos internos y de la ley nacional, y que cuida de manera especial seguir el debido proceso, la confidencialidad de las víctimas y el derecho a la defensa de los denunciados. Así, mediante la adecuada sustentación de los casos que investiga, busca garantizar que su decisión sea confirmada en segunda instancia e, incluso, ante una eventual revisión en el Poder Judicial.

Resolución

Finalmente, con base en la investigación realizada, la comisión emite una resolución y, de ser fundada, impone una sanción al denunciado. Esta decisión puede ser apelada ante la segunda instancia, que es el Consejo Universitario.

Denuncia

Si deseas ponerte en contacto con la comisión, envía un correo electrónico a
comision-hostigamiento@pucp.edu.pe

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