"En el sector informal se construye en condiciones exigentes sin equipo de protección personal"
La informalidad en el sector de la construcción impera desde hace muchos años y con el reciente boom inmobiliario, los accidentes se han vuelto cada vez más frecuentes.
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Xavier Brioso
Ingeniero civil. Coordinador y docente de la Diplomatura de Especialización en Prevención de Riesgos Laborales en la Construcción de la PUCP.
Texto:
Luis YáñezFotografía:
Felix Ingaruca
¿Cuáles son los accidentes más cotidianos que ocurren en una construcción?
Las estadísticas mundiales muestran que las tres principales causas de accidentes mortales en construcción se producen principalmente durante trabajos con riesgo de caída, en excavaciones y durante el manejo y movimiento de cargas pesadas. Pero obviamente hay muchas más, como los trabajos en espacios confinados, electrocutaciones, exposición a agentes tóxicos, caídas por ductos, etc.
¿Cuál es el perfil del obrero informal de este sector?
La construcción es una fuente de trabajo primaria que resuelve el problema de empleo de mucha gente que no tiene instrucción superior. El obrero peruano en el sector informal labora bajo unas condiciones exigentes, sin equipo de protección personal y está sometido a una enorme carga laboral. De todas las personas que ingresan, solo se quedan aquellos que toleran trabajar en esas condiciones y las demás van quedando en el camino, ya sea por lesiones, enfermedades o porque se dan cuenta que ya no pueden trabajar así porque están poniendo en riesgo su vida.
Según la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO), el 70% de las construcciones en Lima son informales. ¿Por qué este porcentaje es tan alto?
Lamentablemente, en nuestro país estamos acostumbrados a la autoconstrucción. La gente opta por construir parcialmente un muro o una columna con el “maestrito” del barrio, sin licencia ni ingeniero de obras residente. Pero dentro del 30% de obras con licencia, también podemos hablar de informalidad en aquellas edificaciones que se realizan sin los estándares ni las medidas preventivas que señalan los documentos nacionales de construcción, como la Norma G.050 de Seguridad Durante la Construcción o la Ley N°29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo (2011).
¿Qué dictamina esta norma?
La Ley N° 29783 busca prevenir los riesgos laborales en el país y establece que los empleadores deben adoptar un sistema de gestión de seguridad y salud que vele por sus trabajadores. Además, dentro de su reglamento interno, debe indicarse claramente los estándares de seguridad y salud en servicios y actividades conexas. Por ejemplo, el artículo 50 del reglamento de la PUCP establece una serie de recomendaciones en la construcción de obras civiles. Por ley, están obligadas a registrar todos los incidentes que ocurran, y anualmente deben actualizar las medidas preventivas y los estándares que se recogieron en las obras.
¿Qué sanciones establece en caso no se implementen estas medidas preventivas?
La ley incorpora en el Código Penal sanciones bastante severas: El que infrinja las normas de seguridad y salud en el trabajo o no implemente las medidas preventivas necesarias es pasible de ir a la cárcel de dos a cinco años. Si producto de esa inoperatividad ocurriera un accidente con consecuencias graves o mortales, la pena va de cinco a diez años. Pero ¿quién es el responsable? ¿El ingeniero residente de obra, el gerente general de la empresa, el representante legal? Eso no queda claro, todavía no tenemos precedentes.
¿Qué medida se puede tomar para deslindar responsabilidades?
Mi recomendación es que cuando se contrate una obra de construcción, debe quedar por escrito de manera expresa que la responsabilidad de la implementación del sistema de gestión de seguridad y salud se traslada a la empresa constructora. Si solamente se realiza un contrato de palabra y ocurre un accidente, el fiscal puede considerar al contratante como responsable penal, ya sea el jefe de la junta de propietarios de un edificio, el administrador de un negocio o incluso el dueño de una casa. Cabe precisar que las obras de mantenimiento (limpieza de vidrios, pintado de fachadas) también son consideradas como obras de construcción.
¿Considera que se realiza una adecuada fiscalización?
La cantidad de fiscalizadores debe ser la adecuada para la cantidad de obras que se realizan en Lima. La fiscalización del Ministerio de Trabajo y la de las municipalidades distritales deben articularse. Haz un recorrido por las obras de Lima y te puedo asegurar que si visitas 100 obras, en la mayoría vas a encontrar dos tipos de infracciones: por irresponsabilidad de la empresa constructora o por actitud del personal que se quita el equipo de protección (le incomoda usar guantes, le da calor usar casco, etc.). Y si esto ocurre en Lima, imagínate cómo estará la situación en el interior.
¿Por qué habría este rechazo al uso de medidas preventivas?
La percepción de riesgo del empresario y del trabajador es muy baja. En países donde está arraigada la cultura de la seguridad, la productividad de las empresas se mide por el uso de medidas preventivas. Por el contrario, aquí está muy arraigado el concepto de “falsa productividad”: un albañil construye menos metros cuadrados cuando trabaja con guantes que sin ellos… hasta que se acostumbre a usarlos. Su productividad debería medirse a partir de ese momento y mejorará porque cambiará la percepción del obrero para trabajar de manera segura. Las medidas preventivas no son negociables: se deben usar sí o sí.
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El Perfil
Nombre: Xavier Brioso
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