"En el Perú se habla de la pena de muerte desde que yo era chico"
Sobre los niveles de criminalidad en el país.
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Víctor Prado
¿Podrían disminuirse los niveles de criminalidad en el Perú a partir de penas más duras?
Una característica de la política criminal peruana ha sido la de promover la sobrecriminalización de los delitos que son muy sensibles a la población, como el robo con muerte, la violación de menores, el secuestro extorsivo, el tráfico ilícito de drogas; sin embargo, la experiencia acumulada muestra que el recurrir a aumentar las penas, a prohibir los beneficios penitenciarios, a promover menores posibilidades de acceso a medidas alternativas, como la suspensión de la ejecución de la pena, o también las medidas coercitivas personales que no impliquen detención, así como prolongar los plazos de prescripción, no han dado un resultado real sobre la reducción de la tasa de criminalidad en este tipo de infracciones.
En el ámbito exclusivo de las penas y los mensajes que lleva a la sociedad la imposición de estas por el Poder Judicial, hay deficiencias. Es común encontrar en el trabajo que hacemos en la Corte Suprema que los criterios que se manejan en las Salas Penales del país, es decir, por los jueces del Perú, no son muy técnicos a la vez que no resultan homologables. Por ello, en línea de corrección, al Corte Suprema, ha buscado transmitir a los jueces en los últimos cuatro años directivas sobre cómo evaluar un caso penal, identificar las circunstancias agravantes o atenuantes que concurran en él y hacer una graduación de la pena más técnica, más controlable y que responda mejor a la realidad del caso que se juzga. Estos acuerdos ayudan a decidir cuando, por ejemplo, una persona es reincidente, cómo se debe aplicar el agravante, e igualmente permiten señalar la pena que se debe aplicar a aquellas personas que cometen varios delitos independientes entre sí (lo que llamamos un concurso real de delitos). Sin embargo, estos acuerdos plenarios todavía no han alcanzado un nivel de aplicación ideal, lo que nos obliga a realizar una estrategia de difusión más amplia.
Mucha gente piensa que es mejor adoptar sanciones drásticas a la reincidencia de faltas y delitos menores.
Es importante tener claro que, desde que se comete un delito hasta que se emite una pena, hay un proceso que involucra la actuación de diferentes instancias. La población tiende a confundir al Poder Judicial con las otras organizaciones, pero cada uno tiene que hacer su trabajo. El Poder Judicial es el que interviene al final, pues antes está el fiscal. En segundo lugar, las llamadas faltas y, particularmente aquellas que atentan contra el patrimonio, históricamente no han tenido penas privativas de la libertad. Para este tipo de delitos el actual código vigente solo considera para este tipo de infracciones penas de prestación de servicios a la comunidad o de multa. El Parlamento ha planteado, en algunos momentos, la necesidad de eliminar las faltas patrimoniales que, además, requieren verificar, que el valor del bien robado sea superior a una remuneración mínima vital. Entonces, creo yo, es menester incorporar, en este dominio, sanciones más adecuadas a su dimensión. Obviamente, esto debería marchar vinculado con otras estrategias ¿Quiénes son los que comenten estas infracciones? normalmente son jóvenes, lo cual determina que su tratamiento penal, por mandato de la ley, tenga que ser menos severo. Lo que hay que hacer es crear oportunidades que lleven a ese sector desplazado a tener otras vías de desarrollo personal.
El Gobierno anterior empezó con un pedido hecho por el presidente actual (Alan García) de reforma constitucional para incluir la posibilidad de incluir la pena de muerte para este delito, lo cual generó hasta cuatro proyectos en el Parlamento. Hay factores que resultan contradictorios para este uso político (decimos en derecho penal simbólico, porque no cambia nada): en principio, el Perú es signatario del Pacto Internacional de San José y, por ende, tiene una limitación directa en el ámbito jurídico de derecho internacional. Asimismo, en la coyuntura del 2006 se dio el siguiente fenómeno: individualmente las personas podían optar por considerar que la pena de muerte era una vía, pero los grupos sociales fueron contrarios. Yo aproveché una reunión que congregó a magistrados de todo el país y le pasamos una encuesta preguntándoles si aplicarían la pena de muerte -luego hicimos lo mismo en la Corte Suprema- y la respuesta era que no la aplicarían, ¿por qué razones? porque la consideraban contraria a los derechos humanos, a los compromisos internacionales, porque estimaban que eran mejor las sanciones de cadena perpetua o las penas altas de 30 a 35 años, entonces, si quienes van aplicar la pena de muerte piensan que esta no debe aplicarse, ¿qué efecto tendría? Hoy se vuelve a repetir el discurso, aunque crea un menor efecto de expectativa.
¿Cómo puede mejorarse la ejecución de las penas?
Esa es una tarea que corresponde al Instituto Nacional Penitenciario. El Poder Judicial condena a las personas y les impone penas, pero estas son ejecutadas en otro segmento, que pertenece al Ministerio de Justicia. La ejecución de las penas privativas de la libertad es uno de los problemas que debe afrontar siempre el Estado, pues hay penales con tasas de sobrepoblación altísimas a los que les falta todo, lo cual hace que la posibilidad de una ejecución individualizada y controlada, así como un tratamiento de los condenados y, por ende, una posibilidad de mejorar su nivel de respeto a la ley, no exista. El gobierno no le da recursos suficientes al INPE, que no tiene personal y el poco que tiene está mal pagado. Está claro que los nuevos penales se van a llenar en cuestión de tiempo. Creo que hay que hacer una reforma del sistema penitenciario y, a partir de él, buscar una ejecución de las penas que nos asegure una posibilidad reeducativa.
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