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El hostigamiento sexual frente a la población LGTBIQ+

  • Ana Neyra
    Secretaria de Instrucción (e) y exministra de Justicia y Derechos Humanos

*La Secretaría de Instrucción es el órgano encargado de recibir denuncias, conceder medidas de protección e investigar los casos de hostigamiento sexual.

En el sistema disciplinario PUCP, la gran mayoría de casos de hostigamiento sexual tienen a mujeres cisgénero como denunciantes y a hombres cisgénero como denunciados. Sin embargo, ya se ha recibido algunos casos de diversidad sexual, frente a los cuales, desde la Secretaría de Instrucción y la Comisión Disciplinaria competente, se han ido adoptando algunos criterios.

El punto de partida central es el respeto a la identidad de género de personas denunciantes y denunciadas, con el reconocimiento de su nombre social (cuando aplica) y de los pronombres y modos en que soliciten que el sistema se dirija a ellxs. Ello ha implicado en los pronunciamientos el uso de términos sin género específico (“persona denunciante” o “persona denunciada”) o la omisión de artículos con género (“el”, “la”).

El punto de partida central es el respeto a la identidad de género de personas denunciantes y denunciadas, con el reconocimiento de su nombre social (cuando aplica) y de los pronombres y modos en que soliciten que el sistema se dirija a ellxs".

De otro lado, como determinante para la competencia del sistema, se ha comprendido que es posible que exista hostigamiento sexual y violencia basada en el género también en el marco de interacciones de personas del mismo sexo. Esta conclusión implica reconocer que es posible que se realicen de manera no deseada conductas de naturaleza sexual o que reflejan estereotipos en la concepción de los géneros (sexistas) y, por tanto, hostigamiento sexual. Además, por la naturaleza de la información generalmente involucrada en este tipo de casos, reforzamos siempre el respeto por el derecho a la intimidad de las personas de diversidad sexual. De igual modo, tenemos siempre presente que la identidad de género y la orientación sexual constituyen “información sensible” (la que es legítimo mantener fuera del espacio público por ser central para el proyecto de vida personal) y que estas constituyen “categorías prohibidas”, por lo que las diferencias de trato basadas en ellas son sospechosas de generar discriminación. En ese sentido, se procura siempre el mayor cuidado con el modo de formulación de preguntas, con alertas previas sobre contenido que pueda ser muy íntimo (sobre el que se consulta solo si es determinante para la investigación o la decisión del caso). También se evita, salvo que la persona lo precise, preguntas sobre la orientación sexual o temas afines, incluso si la denuncia se dirige contra una persona del mismo sexo.

Las medidas de protección también buscan brindar protección específica a la población LGTBIQ+, especialmente cuando enfrentan hostigamiento sexual u otras formas de violencia basada en el género".

La regla en los años recientes en los casos de hostigamiento sexual es que las denuncias se formulan vía testimonio. Nuestro objetivo es evitar ya desde entonces la revictimización (como sucedería si se obligara a contar en varias oportunidades lo ocurrido) y, para las personas denunciantes, se ofrece -y recomienda- acompañamiento psicológico, que permita que reciban la contención suficiente por las especialistas del equipo para enfrentar el procedimiento en todas sus etapas, apoyo que incluso se habilita antes de que se presente formalmente la denuncia. Una acción importante con esa finalidad es el otorgar medidas de protección para evitar la comunicación, el contacto y proximidad entre personas denunciantes y denunciadas, que pueden implicar incluso el que se produzcan cambios de cursos y horarios, en lo que se brinda prioridad a la persona denunciante. Estas medidas también buscan brindar protección específica a la población LGTBIQ+, especialmente cuando enfrentan hostigamiento sexual u otras formas de violencia basada en el género.

Nuestro compromiso es que las personas que acudan al sistema disciplinario sean protegidas en su derecho a vivir en un ambiente libre de violencia y que la diversidad sexual no sea un obstáculo".

Nuestro compromiso es que las personas que acudan a la Secretaría de Instrucción, la Comisión y todo el sistema disciplinario sean protegidas en su derecho a vivir en un ambiente libre de violencia y que la diversidad sexual no sea un obstáculo, sino un factor importante para evitar mayores afectaciones, al ser conscientes de la discriminación y violencia que, lamentablemente, aún enfrenta la población LGTBIQ+ en la sociedad y, como su reflejo, también en la comunidad universitaria.

Etiquetas:
diversidad
género

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