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Noticia

Ley de Servicio Civil: ¿Quiénes se benefician y quiénes no?

La Ley de Servicio Civil ha generado diversas posturas, hay quienes creen que sus derechos como trabajadores públicos serán vulnerados y por el otro lado, el Estado menciona que una reforma de este tamaño es totalmente necesaria. El doctor Javier Neves, ex ministro de Trabajo y profesor del Departamento de Derecho, nos explica algunos puntos de este proyecto de ley en los que está de acuerdo y otros que deberían modificarse.

  • Texto:
    Susana Navarro
  • Fotografía:
    Felix Ingaruca

Actualmente, existen tres regímenes laborales en el Estado: el privado, constituido por los trabajadores administrativos, de empresas del Estado y de entidades como SUNAT, OSIPTEL, INDECOPI, entre otros; el público, que son los que trabajan en los ministerios y los de regímenes especiales como militares, policías, maestros, médicos, y en tercer lugar los que se encuentran con Contrato Administrativo de Servicios (CAS) que eran los que trabajaban por medio de recibos por honorarios. Este nuevo proyecto de ley tiene como objetivo el unificarlos y así poner orden dentro del aparato institucional. Es decir que todos estarían bajo un único régimen que será el público. Para el doctor Neves, este cambio es positivo ya que unifica los derechos y deberes de los trabajadores que prestan un mismo servicio y que, sin embargo, actualmente tienen beneficios distintos.

Otro de los puntos que resalta, es que se harán evaluaciones de los trabajadores para que se premien a quienes tienen rendimiento superior. Los que no, tendrán oportunidades de recibir capacitaciones y mejorar. Sin embargo, entre los aspectos negativos, el doctor Neves, menciona que es muy restrictiva en materia de negociación colectiva, uno de los derechos que tienen los trabajadores del sector público.

Negociación colectiva

Las CGTP han planteado que en el sector público, se mejoren las gratificaciones y compensaciones por el tiempo de servicio (CTS) ya que, por ejemplo, el aguinaldo por Fiestas Patrias y Navidad que ahora se recibe es la quinta parte de lo que obtiene un trabajador de una entidad privada con una remuneración promedio en Lima. Por lo que es necesario hacer ajustes con los beneficios individuales y colectivos, sin embargo, esta nueva ley les privaría de la posibilidad de hacer este tipo de negociaciones.

Las negociaciones colectivas las lleva a cabo el sindicato con el empleador, que en este caso es el Estado, pero como explica el doctor Neves, al dejar de lado uno de los temas principales de discusión, de lo único que se podría negociar serían las condiciones laborales y eso infringe los derechos de la autonomía colectiva.

Remuneración estándar

Una de las metas de esta ley es lograr que se estandaricen las remuneraciones, aunque eso ya existía en el Decreto Legislativo 276, que establecía un sistema único de remuneraciones pero que lastimosamente nunca se llegó a implementar. “Esto quería decir que sea posible que un funcionario que desempeña un puesto, tenga la misma retribución en el ministerio A que en el B, sin una diferencia injustificada de ingresos”, explica el doctor Neves.

Por el lado de si conviene o no que haya esta nivelación pues el doctor Neves menciona que los que se encuentran en el CAS son los que más les conviene incorporarse a régimen público y los que ya se encontraban ahí, pues tan solo será positivo si es que se consideran todos los complementos que hay en la remuneración básica y sobre esa base se calculan los beneficios.

Sin embargo, los que se encuentran en el régimen privado, serán los más perjudicados porque sus beneficios llegan a ser hasta el doble y la única solución sería que el cambio se aplique solo a los nuevos trabajadores.

¿Despidos masivos?

La mayor preocupación de los trabajadores es que se vaya a realizar un despido masivo de las personas que no pasen las evaluaciones. Sin embargo, la ley menciona que las personas que tengan un rendimiento deficiente tendrán la oportunidad de ser capacitados y volver a pasar las evaluaciones. «Solo se perderá el empleo si el rendimiento deficiente es reiterado, pero creo que es lógico que si una persona no tiene condiciones para desarrollar el puesto que se le ha confiado, tenga que cesar”, menciona el doctor.

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Miguel Bardalez vasquez

Empapa San Martin es una empresa municipal con derecho privado, aplicó la norma y anulo todo los beneficios de los convenios colectivos, los mismos constituían beneficios que superaban los sueldos básicos, ahora ganamos un sueldo menor que el mínimo vital será correcto?

ana maria

QUE DEBEN RESPETAR LOS DERECHOS DE TRABAJOR Y PAGAR SUS BENEFICIOSen el CAS son los que más les conviene incorporarse a régimen público y los que ya se encontraban ahí, pues tan solo será positivo si es que se consideran todos los complementos que hay en la remuneración básica y sobre esa base se calculan los beneficios.

Moisés

Yo creo y estoy convencido de cada régimen laboral debe ser respetado, es decir que cada trabajador en su libre decisión puede pasar al régimen que le guste, sin ser obligado de acuerdo a la Constitución, creo que debe capacitarse al trabajador pero sin despido, porque el trabajo es un derecho, también los creadores de esta ley 30057 también deben ser evaluados, para mi parecer este régimen es elitista, gracias

jose medardo

este modelo del aparato administrativo es copia fiel del fujimorismo del 2002 cuanto con mentiras de premiar a los mejores que rindan los exámenes, totalmente falso solo eran para despedir a los nombrados, a mi mejor parecer den buena liquidación y puedan realizar al pase de retiro o la jubilación adelantada a los que los falta poco tiempo.