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"Pese a las diferencias de nuestros países, los mecanismos para evadir y eludir la ley son los mismos"

El Dr. Baudenbacher vino a la PUCP para participar en el Seminario Internacional «Temas de Derecho Internacional Económico e Integración vinculados al Derecho de la Competencia y la Propiedad Intelectual» organizado por Maestría en Derecho de la Propiedad Intelectual y de la Competencia y la Maestría en Derecho Internacional Económico.

  • Carl Baudenbacher
    Presidente de la Corte de la Asociación Europea de Libre Comercio
  • Texto:
    Solange Avila
  • Fotografía:
    Alex Fernandez

¿Qué es el Tribunal de la Asociación Europea de Libre Comercio y qué países lo conforman?

El Tribunal de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) es un sistema que tenemos en Europa, conformado por los países participes en la Asociación Europea de Libre Comercio y que participan en el acuerdo del Espacio Económico Europeo (EEE). Originalmente estaba conformado por cinco países, Suiza, Austria, Finlandia, Islandia y Noruega. Luego, algunos se incorporaron a la Unión Europea. Desde entonces hay tres países asociados, Noruega, Islandia y Liechtenstein.

Por consecuencia, la corte cuenta con tres jueces, además de los seis jueces ad hoc que nombramos en caso alguno de ellos no pueda participar por algún caso en particular. Tres es la cantidad menor que puede existir para el número de jueces dentro de una corte internacional. Sin embargo, ser pocos es muy beneficioso. Tendemos a ser más rápidos, nos conocemos entre todos. Permitanme recordar que los casos en la Organización Mundial de Comercio y en las Cortes de Apelaciones de Estados Unidos son resueltos por el mismo número de jueces.

¿Qué lecciones puede aprender América de las experiencias del Espacio Económico Europeo?

Me gustaría resaltar que no estoy en una posición de dar recomendaciones. Pero estoy muy contento de decir las experiencias que tenemos en la AELC. Pienso que el logro más importante del acuerdo del Espacio Económico Europeo es, en primer lugar, el establecimiento de un mercado único. Creemos que los mercados son beneficiosos para todos los participantes, empresarios, consumidores, trabajadores, negociantes, intermediarios financieros e inversionistas.

En segundo lugar, las instituciones deben ser creíbles. Por consecuencia, nuestra corte también, eso significa que debemos hacernos un buen precedente. Debemos crear y mantener la seguridad jurídica. Entonces, aquellos empresarios y otros actores pueden ser capaces de predecir razonablemente cómo debe ser resuelto un caso.

Por otra parte, es fundamental que una corte sea independiente. Los políticos y los diplomáticos pueden tener sentimientos encontrados hacia los tribunales internacionales y acusar a los jueces de abusar de su independencia y actuar más allá de sus fuerzas sin que exista razón alguna. Por lo que tengo entendido, esta también puede ser la realidad en la Comunidad Andina. Pero sin independencia, un tribunal internacional o supranacional no puede funcionar.

Usted ha hablado de “ataques” contra su corte. ¿Qué aspectos pueden mejorar Mercosur y la Comunidad Andina a partir de la experiencia de la Asociación Europea de Libre Comercio?

Puedo decir que hemos aprendido: hemos visto intentos de parte de funcionarios de alto nivel por socavar nuestro rol. Permítanme agregar que algunos jueces nacionales hacen los mismos intentos en nombre de la soberanía nacional. Sin embargo, hemos tenido mucho éxito en la superación de lo que hemos etiquetado como “ataques”. Eso, me imagino, puede ser importante para la Comunidad Andina y para Mercosur.

Al mismo tiempo, estoy aquí para aprender y he tenido muchas reuniones fructíferas con representantes de las instituciones de la Comunidad Andina y otros responsables. Por ejemplo, tenía un intercambio muy interesante con el actual Presidente de la Corte Suprema del Perú y su delegación. Pese a que hay diferencias históricas y económicas entre nuestros países, los humanos son humanos; por tanto, los mecanismos para evadir y eludir la ley y el actuar por propio interés al final son los mismos.

¿Cómo la Corte AELC enfrenta la competencia desleal en la EEE?

La ley de competencia desleal es una de las áreas que ha sido armonizada en cierta medida en el Espacio Económico Europeo y también será considerada un área en la legislación europea. Por lo tanto, tenemos casos que implican cuestiones de derecho de la competencia desleal y damos una interpretación de las disposiciones pertinentes. Por ejemplo, Islandia y Hungría son los únicos países en los que se indexan los créditos hipotecarios. Si alguien toma un préstamo, porque quiere construir una casa, eso puede significar que sus tasas de interés suben debido a los aumentos de inflación. En nuestros casos, tuvimos que responder a la pregunta de si esta práctica es compatible con la ley de competencia desleal.

¿Cómo podemos promover la ley internacional de propiedad intelectual en América Latina?

Depende, entre otras cosas, de las respectivas bases jurídicas de cada país, de la historia legal y de la situación económica de cada estado. En la ley internacional, existen varios acuerdos que podrían integrarse, como el Protocolo de Madrid o los acuerdos comerciales. Es importante para los inversores en América Latina que los derechos de propiedad intelectual estén protegidos. Así se animarán a invertir en estos países. Al mismo tiempo, se ve que el alcance de la protección a veces va a demasiado lejos.

Es crucial encontrar un equilibrio adecuado entre la concesión de derechos de monopolio y la protección de la libre competencia. A veces, las legislaciones han ido demasiado lejos y protegen las patentes de negocios más triviales. Eso no puede ser beneficioso para la economía. Luego están aquellas empresas que piden tener toda protección posible. Sin embargo, los monopolios para las inversiones no pueden concederse por un periodo de tiempo ilimitado, deben llegar a su fin un día. No se puede monopolizar una invención para siempre.

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