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“Esta ley es necesaria, pero solo favorece al 20% de trabajadores peruanos”

El pasado 19 de enero, la Comisión de Expertos que revisó el proyecto de Ley General del Trabajo (LGT) –conformada por exministros y viceministros de Trabajo, en su mayoría docentes de la PUCP- entregó sus recomendaciones al Ministro de Trabajo, José Villena. Dicha iniciativa fue presentada a los representantes de los sindicatos y empresas en el Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo (CNTPE) para su debate. Acerca de las modificaciones que propone este proyecto, conversamos con el Dr. Jorge Toyama Miyagusuku, abogado laboralista.

  • Jorge Toyama
    Docente del Departamento de Derecho, abogado laboralista
  • Texto:
    Luis Yáñez
  • Fotografía:
    Gisella San Miguel

La primera modificación importante es la reducción en los temas de contratación a plazo fijo. Antes había hasta nueve clases y hoy se proponen cinco, mientras que los plazos fijos se reducirían de cinco a dos años. Cabe notar que de cada tres trabajadores que entran a trabajar en una empresa, dos lo hacen a plazo fijo. Un segundo tema que no se discute mucho pero que generará un gran impacto es la inclusión de los derechos fundamentales en la empresa. Por ejemplo, en una entrevista, ¿puedes negarte a responder sobre temas personales, como tu religión o tu estado civil? ¿Te pueden grabar en el baño o en el comedor de tu empresa? ¿Pueden revisar tus objetos personales al salir de la oficina? ¿Cuál es la sanción para aquellos que acosen moralmente a un trabajador y creen un ambiente de trabajo hostil?, etc. Esta norma resalta que el trabajador tiene sus derechos y estos deben ser respetados.

Un tercer tema es sobre las utilidades laborales. Las utilidades se distribuyen anualmente sobre la base de dos criterios: la mitad por sueldo y la otra mitad por día trabajado (quienes más ganan y más trabajan, más reciben). Hoy en día no existe empresa que no tercerice o contrate services para ciertos puestos (vigilancia, limpieza, profesionales, etc.). Esta norma dice que los trabajadores tercerizados que están destacados en la empresa principal también tienen derecho a las utilidades de la empresa.

Finalmente, hay tres temas vinculados a los despedidos: en primer término, la indemnización por despido pasaría de 12 a 18 sueldos como tope (dicho sea de paso, este fue uno de los temas consensuados en el Consejo Nacional del Trabajo y Promoción del Empleo – CNTPE); en segundo lugar, después de más de 20 años, se permitiría la supresión de puestos individuales (hoy día, cualquier empresa debe cesar a por lo menos el 10% de trabajadores). Y en tercer lugar, el proyecto plantea que si un dirigente sindical comete una falta grave que amerita su despedido, la empresa tiene que ir donde un juez, quien evaluará los hechos y decidirá si tiene razón o no.

Yo creo que esta ley es importante y necesaria, pero no debemos perder de vista que solo favorece al 20% de los peruanos. Hay un 80% de trabajadores que no están comprendidos dentro de la ley, como los microempresarios (95% son informales), el sector público o los independientes, y el Estado debería concentrar sus esfuerzos en ellos. El World Economic Forum tiene un ranking de competitividad a escala mundial, en el que recoge datos de 142 países. En temas de negocios y atracción de inversión, el Perú está entre los primeros lugares, pero en materia laboral ocupa en el puesto N° 100. Este proyecto, si sale así como está, va a elevar el nivel de rigidez del Perú, y vamos a descender algunos puestos. El tema es encontrar el equilibrio entre regular y no dejar de ser competitivos.

Esto es lo urgente, pero la gran reforma pública todavía está pendiente y debería apuntar a la meritocracia. Premiar a los buenos y sacar a los malos: no hay bonos por buen desempeño, por ejemplo. Desde el 2001, el Estado ha aprobado, para el sector público, normas parche pero el gran cambio está pendiente. Cada vez que se ha tratado este tema, siempre se detienen en un punto: cuesta. Porque la meritocracia cuesta; entonces, la respuesta del Estado es la misma que en el caso del CAS.

El Perfil

Nombre: Jorge Toyama

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