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Lenguas indígenas y normas legales a cinco años de Bagua

  • Luis Andrade
    Docente del Departamento de Humanidades

"El hecho de que nadie haya puesto en duda la legitimidad de este pedido habla de un sentido común que viene cambiando, en los últimos años, en relación con el derecho que tienen los hablantes de lenguas indígenas a expresarse y relacionarse con el Estado en sus propios idiomas"

Recientemente se declaró el 21 de mayo Día Nacional de la Diversidad Cultural y Lingüística y, en un gesto importante, la fecha se estableció mediante sendas normas legales redactadas en castellano, quechua y awajún. El Ministerio de Cultura señaló que la publicación, por primera vez, de una norma legal en dos lenguas indígenas era parte de las actividades de celebración en una nutrida semana de conferencias, conversatorios y proyecciones de audiovisuales referidos al tema.

Por lo menos en lo que toca al quechua, no es la primera vez que se difunden normas oficiales en este idioma indígena. El historiador Alan Durston menciona por lo menos dos casos de traducciones hechas desde el Estado en una etapa convulsa del siglo XIX: la primera, en 1867, durante el gobierno del general liberal Mariano Ignacio Prado, fue un decreto presidencial para implementar la prohibición de Simón Bolívar referida al trabajo forzado de los indios. La segunda, en 1873, se produjo durante el gobierno civilista de Manuel Pardo, y fue una traducción de la Ley Orgánica de Municipalidades.[1] En cuanto al awajún, esta es, efectivamente, hasta donde sabemos, la primera vez que el Estado publica una ley vertida a esta lengua de la familia jíbara.

Pero este tipo de acciones, tan centradas en las formas escritas de la oficialidad, no constituyen, a mi modo de ver, el foco principal de una política orientada a impulsar el uso y reconocimiento de las lenguas indígenas en un país a la vez diverso y desigual como el Perú. Sin desmerecer la importancia simbólica de las recientes publicaciones, quiero resaltar otro hecho reciente que ilustra de mejor manera por dónde podrían ir esas prioridades. El episodio atañe justamente al idioma awajún, junto con el wampis, pero, por encima de todo, a los derechos lingüísticos y ciudadanos de sus hablantes.

En la primera fecha del juicio por la tragedia de Bagua, el pasado 14 de mayo, en la que comparecieron ante la justicia 52 mestizos e indígenas —entre ellos, Santiago Manuim, apu del pueblo awajún— por las muertes ocurridas en la Curva del Diablo, no se contó con la presencia de traductor-intérprete para las lenguas de los procesados, a pesar de que tanto el Ministerio de Cultura como la Defensoría del Pueblo la habían considerado crucial con anterioridad.

En observaciones enviadas al Poder Judicial antes del inicio del juicio, ambas entidades habían resaltado la necesidad de que los procesados pudieran expresarse y entender a los jueces a través de intérpretes.[2] Durante la sesión, los abogados defensores exigieron que la acusación fiscal se tradujera al awajún.[3] La secretaria ejecutiva de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, Rocío Silva Santisteban, consideró, por su parte, que era «lo mínimo» contar con la participación de los intérpretes para no empeorar una situación «de por sí denigrante», debido a la ausencia en el juicio de las ex autoridades del gobierno aprista involucradas en la tragedia. Silva Santisteban relató que, «en una escena que parecía extraída de El sueño del celta», se le solicitaron las «generales de ley» a un ciudadano awajún «despacito», para que pudiera entender.[4]

En la segunda fecha del proceso, llevada a cabo el lunes 26 de mayo, las cosas ya habían cambiado, al contarse con la presencia de traductores-intérpretes awajún y wampis. La participación de estos profesionales no estuvo exenta de dificultades, pues, según reportes periodísticos, la traductora-intérprete del wampis, Dina Ananco, debió solicitar al fiscal explicaciones sobre términos como rebelión, lesiones graves, motín y homicidio calificado para poder transmitirlos con propiedad a los acusados. Después de las explicaciones correspondientes —pero provenientes, hay que subrayarlo, del fiscal—, los intérpretes Ananco e Isaac Paz, hablante de awajún, retomaron el proceso con fluidez.[5] Un informe de la revista Ideele resaltó, por su parte, que, a pesar de que la interpretación no fue simultánea, como establecen los estándares internacionales, se cumplió con detallar todo el interrogatorio y resumir el resto de la audiencia.

La rápida corrección del Poder Judicial, atendiendo las observaciones de los abogados defensores, del Viceministerio de Interculturalidad y la Defensoría del Pueblo, y el hecho de que nadie haya puesto en duda la legitimidad de este pedido hablan de un sentido común que viene cambiando, en los últimos años, en relación con el derecho que tienen los hablantes de lenguas indígenas a expresarse y relacionarse con el Estado en sus propios idiomas, derecho que se encuentra explícitamente establecido desde julio del 2011 en la llamada “Ley de Lenguas” (Ley 29735).

Es un cambio al que sin duda también ha contribuido el empeño puesto por los distintos actores vinculados con la realización de los seis cursos de intérpretes y traductores de lenguas indígenas que ha organizado hasta el momento el Ministerio de Cultura, empeño correspondiente, en primer lugar, a los nuevos profesionales egresados. No es poca cosa, en un país en el que hasta hace poco tiempo algunos intelectuales y políticos podían considerar absurdo y poco práctico gastar recursos estatales en garantizar la comunicación con los pueblos indígenas en sus propios idiomas, como si se tratara de «lenguas que hablan quinientos hablantes perdidos por ahí».

Si tomamos en cuenta la central vinculación entre lenguaje, comunicación y ciudadanía, la paulatina modificación de estos sentidos comunes debería ocupar un lugar central en las políticas vinculadas con las lenguas indígenas y las variedades no estándares de castellano, políticas cuyas prioridades aún no ha dado a conocer la recientemente creada Dirección de Lenguas Indígenas del Viceministerio de Interculturalidad. Si este cambio en las formas de pensar sobre los derechos lingüísticos en el Perú de hoy se consolida, se trataría de la mejor manera de celebrar las siguientes versiones del Día Nacional de la Diversidad Cultural y Lingüística.

[1] Alan Durston. “Quechua political literature in Early Republican Peru (1810-1876)”. En History and Language in the Andes (Paul Heggarty y Adrian J. Pearce, eds.), Nueva York: Palgrave Macmillan, 2011.

[2]El Comercio, 16/05/2014.

[3]Inter Press Service, 16/05/2014.

[4]«Baguazo, la falta de respeto», La República, 20/5/2014.

[5]La República, 27/5/2014.

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