Ir al contenido principal Ir al menú principal Ir al pie de página

“La primera reacción que tiene la gente ante una nueva norma es descubrir cómo romperla”

El destacado economista y docente Nuno Garoupa visitó recientemente nuestro campus y dictó la conferencia magistral “Análisis económico del derecho de enforcement y regulación”, coorganizada por la Maestría en Regulación de los Servicios Públicos de la PUCP y el Consejo Directivo del Organismo Regulador Público de las Telecomunicaciones (OSIPTEL).

  • Nuno Garoupa
    Co-Director del Illinois Program on Law, Behavior and Social Science de la University of Illinois Urbana Champaign, EE.UU.
  • Texto:
    Luis Yáñez
  • Fotografía:
    Felix Ingaruca

¿Qué es análisis económico del derecho? ¿Cómo se engarzan el derecho y la economía?

La economía ha desarrollado una metodología de análisis que permite mirar los problemas y el comportamiento de los individuos. Lo hace a través de diferentes formas, pero la más sencilla de entender es la teoría de incentivos, es decir, cómo reacciona la gente cuando cambian determinadas variables económicas. Por ejemplo, si el precio de un producto sube, la cantidad de lo que uno consume baja. Mientras que el derecho es un es un conjunto de normas que regulan la conducta del ciudadano. En el análisis económico del derecho, lo que discutimos es cuál es el incentivo que tiene una norma para que el ciudadano ajuste o no su comportamiento. En ese sentido, la economía resulta muy útil para el derecho.

¿En qué países o sociedades se tiene un mayor desarrollo del análisis económico del derecho?

Vino de Estados Unidos debido a dos motivos: primero, porque el nivel de desarrollo económico alcanzado por EE.UU. desde hace 20 o 30 años exigía la contestación a estos temas planteados. Y segundo, porque el derecho norteamericano sigue una escuela de pensamiento jurídico realista, que atiende a las consecuencias de la norma jurídica, es menos formalista y está abierto al debate. Mientras que en el Perú, debido a que proviene de una tradición europea, el derecho es fundamentalmente dogmático. Piensa al derecho como ciencia jurídica y está preocupado por su consistencia y coherencia estructural pero no se preocupa por las consecuencias de la norma. En Estados Unidos nadie habla de derecho como una ciencia sino como una práctica, una forma de entender las normas.

Y al atender a estas consecuencias, ¿podríamos decir que tiene un carácter predictivo?

Tiene un carácter predictivo, que consiste en predecir lo que va a pasar y discutir si eso es lo que queremos o no, pero también tiene un carácter normativo, que es discutible porque supone tener una ideología. Yo trabajo más en el primero porque es más neutral, mientras que el análisis normativo me exige decir si una norma es buena o mala.

¿Y el efecto de esta norma se traduce en costos operativos?

Depende mucho del contexto. Por ejemplo, me acuerdo que en España se discutió mucho si se debería cambiar el nivel de alcoholemia permitido. Uno de los problemas que había era que los alcoholímetros empleados, a partir de cierto nivel, ya no distinguían estadísticamente entre décimas. Entonces, había que analizar si el coste de un nuevo aparato que pueda medir esta diferencia es inferior o superior al beneficio que se va generar (cuántos accidentes se van a evitar). Puede que el beneficio sea evidente pero el coste es importante.

¿Cómo podríamos traducir de una manera amigable el concepto de «enforcement»?

El hecho de que esta palabra no tenga traducción en los idiomas latinos ya dice mucho de nuestra cultura. La gente puede intentar traducirla como «aplicación de la ley» pero no es exactamente eso porque el enforcement, desde el sentido anglosajón, tiene que ver con todo el conjunto de actividades que van desde el momento de la norma jurídica se aprueba en el Congreso hasta su aplicación. Uno de los más grandes problemas del sistema jurídico de tradición latina es que tenemos muchas leyes pero poco enforcement.

¿Y esto a que se debe?

Hay culturas que cumplen las normas sin necesidad de amenaza o de sanción y hay otras donde la amenaza y la sanción son las que fuerzan el cumplimiento de la norma. Por tradición histórica, en las culturas latinas la primera reacción que tiene la gente ante una nueva norma es descubrir cómo romperla o cómo hacer trampa con ella. Y es importante saber esto a la hora de entender el enforcement.

El hecho que exista una ley no quiere decir que esta se aplique. La ley es la norma jurídica en sentido abstracto y el enforcement es el que debe aplicarla con consecuencias económicas importantes. Por ejemplo, si decimos que vamos a prohibir que los autos circulen a más de 130 km/h, habrá que discutir cómo se va a realizar este enforcement: por medio de multas, a través de conductas pedagógicas o mediante mayor seguridad jurídica.

¿Cómo podemos promover el enforcement en las próximas normas a aprobarse?

Primero, las normas deben ser tan claras y transparentes que todo el mundo debe entenderlas. Segundo, todos deben comprender que es una norma jurídica que viene a maximizar el bienestar social y que no pretende proteger a un determinado grupo social por oposición a otro. Y tercero, debe quedar claro que cuando se incumple la norma, algo pasa. El gran problema de las normas de nuestra sociedad es la impunidad ante un delito. La pena debe ser dura para que tenga un efecto disuasivo y para que la sociedad rechace esta inconducta.

El Perfil

Nombre: Nuno Garoupa

Deja un comentario

Cancelar
Sobre los comentarios
Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los comentarios pasan por un proceso de moderación que toma hasta 48 horas en días útiles. Son bienvenidos todos los comentarios siempre y cuando mantengan el respeto hacia los demás. No serán aprobados los comentarios difamatorios, con insultos o palabras altisonantes, con enlaces publicitarios o a páginas que no aporten al tema, así como los comentarios que hablen de otros temas.