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“Por fin se dará una respuesta a los familiares de los desaparecidos”

El abogado y magíster en Ciencias Políticas de nuestra Universidad asume el desafío de crear un registro de desaparecidos entre 1980 y 2000, gracias a una investigación y metodología que adopta, por primera vez en nuestra historia, un enfoque humanitario.

  • Víctor Quinteros
    Director de Registro e Investigación Forense de la Dirección General de Búsqueda de Desaparecidos del MINJUS.
  • Texto:
    Oscar García
  • Fotografía:
    Alex Fernandez

¿Cómo nace la Dirección General de Búsqueda de Personas Desaparecidas?

En nuestro país, el enfoque de la búsqueda de desaparecidos siempre se ha dado desde el ámbito fiscal o penal con el objetivo de encontrar responsables, pero así no se cubría la demanda general de los familiares. Eso cambió el año pasado con la creación de la Ley N° 30470 de búsqueda de personas desaparecidas durante el período de violencia 1980 – 2000, cuya principal novedad es que el enfoque es humanitario. Por fin se dará una respuesta a los familiares de los desaparecidos. A partir de esta ley se hace un plan nacional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos modifica, en junio de este año, su ROF (Reglamento de Organización y Funciones). Así se crea la Dirección General de Búsqueda de Personas Desaparecidas, la cual tiene como directora general a Susana Cori y a mí como el director de Registro e Investigación Forense. Aún está pendiente nombrar al director de Atención y Acompañamiento.

¿En qué consiste este enfoque humanitario?

Consiste en dirigir un proceso en el cual los familiares decidan y participen, por ejemplo, si hay, o no, exhumación. La nueva ley crea un nuevo actor, que es el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y un nuevo ámbito de la investigación, que puede iniciar el propio ministerio independientemente de los fiscales.

Nuestra misión es investigar y dar una respuesta a los familiares a partir de los hallazgos de la investigación, la que no está sujeta a los plazos del proceso penal. La búsqueda no es necesariamente individual, más bien se analiza el contexto y las circunstancias, se unen los casos y se relacionan entre sí para generar respuestas que atiendan varias expectativas.

¿Con qué herramientas y fuentes de información cuenta la Dirección de Registro de Investigación Forense?

La Ley de búsqueda de personas desaparecidas crea el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y Sitios de Entierro, que es administrado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El poder de esta herramienta es que centraliza toda la información, como la obtenida por la Comisión de la Verdad y Reconciliación, el registro único de víctimas, los registros de Defensoría del Pueblo y, en general, cualquier información que esté en manos de las distintas entidades del Estado. Nuestra tarea es construir este registro nacional, diseñarlo y hacerlo operativo.

¿Cuál será el punto inicial para este trabajo?

Primero debemos establecer la lista oficial de desaparecidos. No existe una cifra oficial, así que el primer dato que debemos generar es cuál es nuestro universo de búsqueda base. Consolidaremos la información disponible y luego depuraremos, a fin de que no existan repeticiones. En esa labor, también hay mucha revisión documental.

¿Hay distintos niveles de complejidad en los casos de desaparecidos?

La ley define como desaparecido a aquel del que no se conoce su paradero o no hay certeza, legalmente hablando, de su calidad de fallecido. Los casos más difíciles son aquellos en los que no se tiene la más mínima idea de lo que les pasó. También ingresan a este ámbito de búsqueda los que se sabe que han fallecido, pero se desconoce su ubicación, y aquellos que han tenido un entierro informal y hay que darles un reconocimiento legal, como en el caso Lucanamarca. De acuerdo con esos diferentes niveles de complejidad, se va a planificar la indagación. La ley especifica que se buscarán aquellos desaparecidos entre 1980 y 2000.

¿En qué sentido la dirección que dirige ha recogido las recomendaciones del informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación?

La Dirección de Registro e Investigación Forense usa toda la información generada por esta comisión. Igualmente, cuenta con el registro único de víctimas y con las distintas versiones que se han dado del proceso, como el libro En honor a la verdad, del Ejército Peruano. La coincidencia de nuestra dirección con la Comisión de la Verdad y Reconciliación es el estudio del proceso, pero en nuestro caso no abarcamos todos los aspectos, sino solo el tema específico de desaparecidos.

¿Se trabajará con un equipo multidisciplinario?

Sí, existe la necesidad de un equipo multidisciplinario. En primer lugar, porque es un proceso participativo y hay un contacto directo con las familias de las víctimas. Asimismo, la ley exige un acompañamiento psicosocial, para lo cual se necesitan profesionales que generen empatía y un vínculo con los familiares. En ese aspecto se requieren antropólogos sociales o psicólogos. Finalmente, tenemos el tema de investigación e indagación, para lo cual es primordial el aporte de historiadores y antropólogos; mientras que la tarea de identificar sitios de entierro exige que participen arqueólogos.

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